La Ley de Seguridad Interior y las Universidades Autónomas

Por: Dra. Lourdes Pacheco
Publicado en: El Blog de Lourdes Pacheco

Nos erguiremos hacia el sol
en una sola voluntad y seremos peligrosos.
Khalil Gibran. El loco

El artículo 31 de la Ley de Seguridad Interior aprobada por la Cámara de Diputados y que deberá discutir la Cámara de Senadores, señala en el artículo 31 que “En materia de Seguridad Interior, las autoridades federales y los órganos autónomos deberán proporcionar la información que les requieran las autoridades que intervengan en los términos de la presente Ley”.

Ahora bien, ello obliga a las universidades públicas autónomas puesto que se consideran órganos constitucionales autónomos como parte del sistema jurídico mexicano. Específicamente el artículo 3º de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece como órganos constitucionales autónomos al Instituto Federal Electoral (INE), la Comisión nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Banco de México (BM) y las instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía (Diario Oficial de la Federación, 11 junio 2002).

Así pues, con motivo de la Ley de Seguridad Interior propuesta, las universidades –en tanto órganos autónomos-, deberán otorgar a las autoridades militares y policiacas la información que les sea requerida. Ello lleva a plantear diversos cuestionamientos:

En primer lugar tendremos que preguntarnos cuál es la información que pueden proporcionar las universidades. Una es la información sobre el personal que labora en la institución, trátese de personal académico, administrativo o estudiantil. En este caso, las universidades tienen bases de datos de la vida privada de tales poblaciones como domicilio, conyugalidad, lugar de origen, procedencia, etc. Quizá lo más preocupante lo constituya la información sobre la población estudiantil, puesto que los estudiantes han protagonizado diversas acciones transgresoras al orden del Estado o que así han sido consideradas: la rebelión estudiantil de 1968 en la Ciudad de México, el movimiento #YoSoy132 originado en plena campaña de Enrique Peña Nieto; la protesta por los desaparecidos de Ayotzinapan (2014), entre los más recientes, además de movilizaciones protagonizadas por universitarios de las universidades públicas autónomas de diversos lugares: Chilpancingo, Morelia, Puebla, Culiacán, San Cristóbal de las Casas, Monterrey y otros.

En segundo lugar, las universidades generan diversa información que puede considerarse de interés para la seguridad interior. Me refiere a las investigaciones que se realizan tanto referidas al territorio como a las personas. Por ejemplo, en las universidades se realizan investigaciones científico-técnicas relacionadas con el establecimiento de macroempresas como presas hidroeléctricas que afectan un territorio determinado. Los estudios comprenden no solamente aspectos referidos a manifiestaciones de impacto ambiental, viabilidad técnica, uso del suelo, etc., sino que también comprende información sobre la población que habita los territorios afectados, ya sean pueblos indígenas o pueblos rurales, las organizaciones existentes opositoras a los macroproyectos, las líneas de resistencia popular, las alianzas generadas en torno a defensa de territorios, etc. En este caso, ¿también las universidades deberán proporcionar esa información?

El tercer aspecto tiene que ver con la información científica ya que las universidades realizan investigaciones cuyos resultados tienen como destinataria la comunidad científica nacional e internacional pero que pueden convertirse en información atractiva para la seguridad interior: investigaciones de frontera sobre controles biológicos, comportamiento de organismos vivos,  propiedades de la materia o de la flora, topografías de los océano, estudios edafológicos, cartografía del cerebro, uso de radiaciones, etc.

La Ley de Seguridad Interior, tal como está, implica que las universidades autónomas serán sujetas a ella, lo cual provoca, en la práctica, una supeditación de las instituciones autónomas a la lógica militar y policiaca. Es sabido que las universidades no sólo estudian lo existente con los paradigmas normalizados, sino que también abren los futuros al estudiar lo improbable y justamente esto, lo improbable imaginado, es lo que hace avanzar la ciencia y la sociedad.

Por ello, opino que la ley tal como está redactada afecta a las universidades autónomas porque las mandata a entregar información cuyo fin es meramente académico, científico, artístico, tecnológico, cultural y que no tiene por qué ir a parar a manos de la inteligencia militar. La Ley de Seguridad Interior se establece como el ojo vigilante, buitre al acecho donde todos somos atrapables, hasta el breve espacio de las aulas donde construimos otros porvenires, otros sueños de paz sin armas y sin guerra.